LA
ORACIÓN COMO UNIDAD ESTRUCTURAL
Constituyentes
inmediatos
Desde el punto de vista gramatical, la oración es una
unidad sintáctica construida en torno a un núcleo. Este núcleo está formado por
un verbo en forma personal. Los constituyentes inmediatos de la oración serían
(tomados su nombre de la lógica) el sujeto y el predicado.
La unión de sujeto y predicado no es necesaria en toda
oración, pero esa unión de sujeto y predicado constituye la forma más perfecta.
Esta concepción estructural es a menudo combinada con un
enfoque logicista, como el que mantiene Sapir,
para quien la oración es “la expresión
lingüística de una proposición”. Intervienen en ella un sujeto, del cual se
afirma algo, y la afirmación que se hace con respecto a ese sujeto.
El Esbozo de la Real Academia advierte
cómo “la oración establece una relación
lógica entre dos términos o miembros: sujeto y predicado. El sujeto es la
persona o cosa de la cual decimos algo; por predicado entendemos todo lo que
decimos (predicamos) del sujeto”.
El Esbozo, que reconoce las oraciones
bimembres como base para el análisis sintáctico, también admite la existencia
de oraciones unimembres, categoría donde incluye tanto las expresiones con
verbos impersonales (llover, nevar,…), como los enunciados del tipo “Adiós”, “¡Qué bonito!”. Para la
Academia, a estas expresiones no les falta nada para ser unidades sintácticas
completas en sí mismas.
Así se superaba una antigua interpretación meramente
semántica de las funciones sintácticas, que definía por ejemplo al sujeto como
el agente de la acción verbal. Este enfoque presenta complicaciones a la hora
de aplicarlo en la práctica del análisis oracional.
La noción de sujeto gramatical se ha puesto en estrecha
relación con la de sustantivo. En rigor, solo el sustantivo o cualquier
expresión sustantivada pueden ser sujetos. Si el sujeto está formado por varias
palabras, estas se agrupan en torno al sustantivo, que constituye el núcleo del
sujeto.
Andrés Bello
señala en su Gramática de la lengua
española que la palabra dominante en la oración es el sustantivo sujeto, al
que se refiere el verbo atribuyéndole alguna cualidad, acción, ser o estado.
En
torno al sustantivo sujeto o al verbo se colocarían las otras palabras, las
cuales, explicándose o especificándose unas a otras, miran como a sus puntos de
relación, las unas al sustantivo sujeto, las otras al verbo.
Sujeto y agente
Marcos Marín
señala que las lenguas que nos resultan más familiares (las indoeuropeas)
marcan el sujeto y adecuan a él las marcas gramaticales del verbo. Estas
lenguas se denominan acusativas: en
ellas el sujeto es agentivo y la recepción de acción verbal, en las
construcciones transitivas, recae sobre el complemento directo, expresado en
acusativo en las lenguas con flexión casual.
En estas lenguas es más importante en quién recae la
acción (acusativo) que quién es su agente, puesto que el llamado nominativo a
veces es agente y a veces no. Por el contrario, en las lenguas ergativas (como el vascuence) es
importante señalar al agente de una acción verbal cuando esta pasa,
transitivamente, a un objeto. Es lo que se conoce como caso ergativo.
Para Hernanz y
Brucart, solo en algunos casos es posible atribuir al sujeto el carácter de
agente de la acción verbal (como en Luis
distribuyó los programas del acto). En muchas ocasiones el sujeto
representa la noción semántica de paciente (como en Se distribuyeron los programas del acto).
Podemos decir que un cambio en la función sintáctica
desempeñada por un constituyente no supone necesariamente alterar la relación
semántica que mantiene con el verbo; por lo tanto, no es posible definir las
funciones sintácticas a través de este tipo de relaciones semánticas básicas.
Incluso algunos sujetos de oraciones en voz activa tienen
una dudosa cualidad de agentes de la acción (El acto tuvo una gran acogida).
La divergencia entre conceptos como el de sujeto y el de
agente proviene de su distinta naturaleza. El concepto de función es
estructural, resultado de la configuración formal que adopta la oración. Sin
embargo, los papeles temáticos tienen un contenido léxico-semántico evidente.
Ser sujeto es “ser sujeto de una oración” mientras que ser agente implica ser
“agente de una acción”.
Podemos deducir que cada verbo tiene unas características
semánticas distintas y así por ejemplo, en dos oraciones activas con un verbo
transitivo como
El
acto tuvo una gran acogida/ Luis distribuyó los programas del acto
solo la segunda
necesita semánticamente un agente de la acción.
Argumento y predicado
Para la semántica
generativa (especialmente para Fillmore
en su “teoría de los casos”) resulta más adecuado concebir la oración simple
como un predicado rodeado de una constelación de argumentos, en lugar de
considerarlo como una estructura binaria de sujeto y predicado.
En esta teoría cada cláusula consta en el nivel más
profundo de una serie de constituyentes en torno al predicado (argumentos en
torno a un núcleo). Estos constituyentes reciben el nombre de caso. Unos son obligatorios y otros
opcionales.
El verbo “abrir” requiere dos casos obligatorios (el
agente que abre y el objeto que se abre) y uno opcional (el instrumento con el
que se abre). El agente se puede corresponder con el sujeto tradicional, el
objeto con el complemento directo, y el instrumental con el complemento
circunstancial (“Alguien abre esta puerta
con la llave”), pero puede ocurrir que no se den estas correspondencias (“Esta puerta es abierta por alguien con la
llave”/”La llave abre esta puerta”). En algunos casos puede no aparecer
expreso alguno de los agentes (“Esta
puerta se abre con la llave”).
Lyons
interpreta esta teoría casual como una versión de la Gramática de valencias
formalizada como Gramática de dependencias. También aquí el verbo es quien
gobierna la cláusula y su valencia determina el número y el tipo
lógico-semántico de un conjunto de expresiones dependientes. Se une el
transformacionalismo norteamericano (Chomsky y Harris) al método desarrollado
en Francia por Tesnière.
Trasladado a términos tradicionales, un verbo que solo
admita sujeto tendrá una valencia, dos si también admite complemento directo, y
tres si admite además el complemento indirecto. Los tipos de gramática de
valencias varían, pero nos interesa lo que suponen de crítica de la noción de
cláusula como estructura integrada por dos constituyentes. Esta noción se
cuestiona también por la existencia de oraciones incompletas, unimembres.
Oraciones unimembres
Si la oración es una estructura bimembre, parece
incongruente hablar de oraciones unimembres y bimembres, ya que toda oración
debería ser, por definición, bimembre.
Con la expresión oraciones
unimembres se pretende dar cuenta de dos tipos de enunciados:
-
Enunciados que presentan un sentido
completo, pese a que falta alguno de los dos constituyentes (bien el sintagma
nominal sujeto, bien el sintagma verbal o su núcleo, y a veces los núcleos de
ambos). Se trata de enunciados del tipo “¡Fuego!”, “¡La policía!”, “Buenos
días”,…
-
Las oraciones impersonales desde el
punto de vista sintáctico: “Llueve”, “Se saluda al embajador”, “Es tarde”,…
En el primer caso, se pueden ofrecer dos
interpretaciones:
-
Acudir al concepto generativo de estructura
implícita o subyacente, donde aparecerían como oraciones completas. Su
estructura superficial sería el resultado de la aplicación de reglas
transformacionales de elisión o elipsis.
-
Considerar que no son oraciones, sino
enunciados de habla de estructura no oracional. Aparecerán en una situación
comunicativa dada, de la que depende su interpretación como unidades con
sentido completo.
Esto último parece más adecuado. Existen enunciados de
habla que no constituyen oraciones de lengua. Interpretarlas como resultado de
una elipsis resulta altamente artificial. Eso no significa negar la existencia
del fenómeno de la elipsis, pero el caso que nos ocupa es diferente de las
verdaderas elipsis (“Le di una bofetada y
él a mí, (me dio) otra”).
En las oraciones impersonales, la cuestión es distinta.
En este caso no existe sujeto, ni paciente ni subyacente. Son verdaderas
construcciones unimembres, integradas por un único constituyente, el sintagma
verbal.
Esta idea se contradice con el concepto de oración como
estructura integrada por un sintagma nominal y un sintagma verbal. Esta
contradicción se intenta rectificar cambiando este concepto de oración por una
caracterización basada en la presencia de un verbo en forma personal. Esta idea
supone invertir la relación entre sujeto y predicado y considerar que es el
sujeto el que completa al verbo y no a la inversa.
Un desarrollo de este planteamiento lo constituye la
moderna gramática de dependencias.
Omisión del sujeto
No podemos confundir las oraciones impersonales con
aquellas construcciones en las que el sujeto se encuentra omitido. En este caso
se habla de dos tipos de sujeto elíptico:
-
Desinencial, cuando se trata de verbos
en primera o segunda persona que no lo llevan expreso por ir indicado en la
desinencia verbal. La terminación verbal lleva inherente la idea de sujeto (“Trabajo en casa”).
-
Tácito si no va expreso pero se suple
por el contexto de la cláusula (“Los
soldados fueron al frente y entraron en combate”)
CONCEPTO
DE SUJETO
La
relación que vincula el sujeto al predicado es una relación lingüística de
carácter formal. Desde algunas perspectivas, el sujeto gramatical es el
elemento organizador de la oración que rige la concordancia del verbo. Tanto si
es así, como si es el verbo el elemento nuclear del que dependen el resto de
los componentes oracionales (incluido el sujeto), el criterio básico de reconocimiento
del sujeto gramatical es la existencia de concordancia con el verbo.
Si
se considera al sujeto como un elemento que no complementa, sino que recibe la
complementación del predicado, esto explicaría su incompatibilidad con la
preposición, que es una marca de subordinación. La aparición de preposiciones
como “hasta” y “entre” en el sujeto se explica porque, aunque son formalmente
preposiciones, no lo son sintácticamente. De hecho son conmutables por
adverbios de refuerzo e incluso pueden suprimirse (“Eso lo saben hasta los niños”/ “Eso lo saben incluso los niños”/ “Eso
lo saben los niños”)
El
sujeto (según la interpretación tradicional, logicista, de la Academia) sería
aquello de lo cual se dice algo, y el predicado lo que se afirma o niega del
sujeto. Lo así definido son el sujeto
lógico y el predicado lógico, no
el sujeto gramatical. Muchas veces hay coincidencia, pero no es forzoso que
ocurra. Algunas veces se denomina sujeto psicológico al sujeto lógico porque se
considera el juicio desde la perspectiva del hablante. El sujeto lógico es el
objeto de pensamiento y, consecuentemente, aquello que psicológicamente se
antepone en la mente (algunos autores como Panfilov
confunden el sujeto lógico con el agente, que es una relación exclusivamente
semántica y no lógico-semántica). La gramática
del texto ha desarrollado ampliamente estas cuestiones, introduciendo los
conceptos de tema y rema
Algunos
gramáticos, al abordar la oración, señalan el desajuste que a veces se produce
en la estructura sintáctica de esta, formada por un sujeto y un predicado, y lo
que cabría denominar su estructura funcional, organizada en torno al tema
(aquello sobre lo que trata la oración) y al rema o tesis (lo que se enuncia
acerca de ese tema). En las oraciones “Dalila
traicionó a Sansón” y “A Sansón lo
traicionó Dalila”, el sujeto es el sintagma nominal “Dalila”, que coincide
con el tema solo en la primera oración. En la segunda, el tema es “Sansón”.
Clases
de sujeto
Podemos clasificar
el sujeto según diversos criterios:
Por su significado
Es agente
cuando ejecuta la acción significada por el verbo (“El perro come”). Causativo
si el sujeto no ejecuta materialmente la acción del verbo, sino que hace que
otro la ejecute (“Juan ha edificado una
casa”). Es seudo-agente cuando
parece agente y no lo es. Puede entonces ser deponente (“Luis se afeita en
la barbería”), adventicio (“La locomotora se paró”), paciente (si recibe la acción del
verbo, como en “El niño fue invitado”),
de estado (cuando el sujeto no es
agente por no significar el verbo movimiento, sino solo existencia y estado,
como en “Pedro yace en la cama”).
Por su estructura
Es nominal
cuando el sujeto es un sustantivo o palabra sustantivada (“El perro corre”/”El azul está mal aparcado”). Es pronominal si el sujeto es un pronombre
(“Tú eres bueno”).
Por su composición
Es incomplejo
si consta de una sola palabra significativa (“El perro ladra”) y complejo
si consta de más de una palabra significativa. Puede ser un sintagma o
combinación de palabras que no constituye una oración (“Me preocupa que te caigas”).
Núcleo del sujeto
El núcleo del sintagma nominal en función de sujeto es un
sustantivo, un elemento sustantivado, un infinitivo (por su doble naturaleza
verbo-sustantivo) o un pronombre.
El sustantivo como núcleo del sujeto puede representar a
una persona (“Pedro come”), un animal
(“El perro come”), una cosa
independiente (“El río corre”), una
cualidad (“La palidez es signo de
emoción”), una relación (“La
semejanza de estas dos cosas es grande”), una acción (“La salida será a las diez”), un estado (“El sueño le devolvió las fuerzas”) o un suceso (“La caída lo lastimó”).
El nombre que funciona como sujeto debe ir precedido de
un determinante (no puede decirse “caballo
galopa”, sino “el/un/este… caballo
galopa”). Se exceptúan los nombres propios. Se admite que cuando el
sintagma nominal es un nombre propio o un pronombre personal, opera una
transformación que suprime en la estructura de superficie de la oración el
componente determinante, que puede aparecer en determinadas circunstancias (“El incansable Juan escribe”).
Además el nombre puede ir acompañado por diferentes
expansiones o combinaciones, que pueden formar un sintagma con función de
sujeto:
-
Sustantivo+adjetivo: El caballo blanco ganó.
-
Sustantivo+sustantivo (aposición): un
sustantivo completa a otro. La aposición puede ser de dos clases: explicativa
(una pausa separa los dos elementos, como en “Madrid, capital de España, tiene tres millones de habitantes”)
o especificativa (no hay pausa entre los elementos: “El señor alcalde cerró el acto”).
-
Dos sustantivos coordinados por una
conjunción (“Juan y Luis salieron”).
-
Sustantivo+preposición+sustantivo (“El perro de Juan es un caniche”)
-
Sustantivo+proposición de relativo que
funciona como adjetivo (“El libro que me
compré es muy entretenido”)
-
Sustantivo+adverbio (“Una familia bien también tiene problemas”).
La
concordancia
Es uno de los fenómenos que marcan más estrechamente el
carácter de unidad estructural de la oración en el plano sintáctico, es decir,
las conexiones formales que mantienen entre sí las unidades menores que la integran.
Consiste en la igualdad de formantes de elementos no significativos, que se
establece entre sustantivo y adjetivo (género y número) o entre verbo y sujeto
(número y persona).
Hiperconcordancia
Es general en las lenguas románicas. La lengua gasta
inútilmente una serie de recursos, duplicando morfemas de una forma
innecesaria. Se trata de una doble o múltiple señalización redundante que no se
da en otras lenguas como el inglés (“Las
vacas blancas”/”The White cows”).
Discordancia
Surge en el habla. Son fenómenos por los que no se
produce una concordancia de manera esperada, sino obedeciendo a otras razones,
generalmente psicológicas. Se trata de la concordancia de sentido o ad
sensum. La discordancia es un fenómeno estilístico. Por ejemplo, los
colectivos pueden concordar con el verbo en singular o en plural. Si el
colectivo es muy homogéneo, está muy determinado o le acompañan adjetivos que
refuerzan la singularidad gramatical, la posibilidad de que se pueda concertar
del mismo modo en singular o plural es menor y se favorece la concordancia
gramatical (“El vecindario, conmovido por
sus palabras, aplaudió/aplaudieron”).
Pero la concordancia ad sensum se ve favorecida por:
-
La heterogeneidad con que se sienten los
componentes individuales (“La gente, a
una señal de sus jefes, se amotinó/se amotinaron”).
-
La presencia de determinación que
especifica los componentes (“La mitad de
los náufragos se salvó/se salvaron”).
-
La distancia a la que se encuentran del
verbo o adjetivo con el que deben concordar (“El público, después de tanta propaganda en todos los medios de
comunicación, se agolpó/se agolparon en las taquillas” frente a “El público se agolpaba en las taquillas”).
En ciertas oraciones atributivas, especialmente con
pronombres neutros, y en las atributivas reversibles, un atributo en plural
puede atraer al verbo (Mi único trabajo
es/son cuatro horas diarias de oficina).
Plurales unitarios
Son plurales sentidos como un todo unitario al eliminar
el determinante del segundo elemento del sintagma (La entrada y salida de coches ha sido aplazada/han sido aplazadas
frente a La entrada y la salida de coches
han sido aplazadas/ha sido aplazada).
Dos o más demostrativos neutros son sentidos como un todo
unitario (Todo esto y algo más motivó mi
zozobra).
Discordancia deliberada
Para Gili Gaya,
estos casos se producen cuando el hablante se inmiscuye en la acción del oyente
(“¿Cómo estamos?” en lugar de “¿Cómo está usted?” o “¿Cómo estás?”). En realidad para el
hablante no hay discordancia, sino transmutación de la persona gramatical.
Plural de modestia.
También se rompe la concordancia cuando de modo ficticio
se intenta compartir la responsabilidad. Es el caso del plural de modestia
(cuando, por ejemplo, el autor de un libro dice “creemos que esto es…” quiere decir “creo que esto es…”).
Nos encontramos ante una convención literaria, distinta
de la que se produce cuando el sujeto pretende envolver a otros en su acción, o
quiere incluirse. Al final de una competición deportiva oiremos a un espectador
decir “Hemos ganado”, después de
haber estado simplemente contemplando el juego.
Plural mayestático
Es una discordancia deliberada, que aparece en fórmulas
como “Nos, el rey” en lugar de la
concordancia gramatical en singular, “Yo,
el rey”.
Sujeto múltiple
Respecto a la concordancia del verbo con varios sujetos,
lo general es que vaya en plural. En caso de tratarse de distintas personas
gramaticales, se prefiere la primera, luego la segunda y finalmente la tercera.
(Luis y yo iremos/Luis y tú iréis/Luis y
Juan irán).
La colocación del verbo antes de los sujetos favorece el
empleo del singular (“Le arrastró la
llamada a la guerra y su tendencia natural a la violencia”).
El verbo entre varios sujetos puede concertar con el más
próximo (“La causa de Dios nos lleva (y
la de nuestro rey) a conquistar naciones no conocidas”).
Respecto a la concordancia del neutro, hay que señalar
que varios neutros llevan el verbo en singular o en plural, sin regla fija.
Gramática generativa
transformacional
Para la gramática generativa transformacional, sea cual sea
la complejidad de una oración, los elementos que la integran se organizan en
torno a dos constituyentes: sintagma nominal y sintagma verbal. Esto se formula
en la regla inicial de la gramática: O=SN+SV. En toda oración convergen las
expansiones o proyecciones máximas de las categorías léxicas N y V (SN y SV).
Pero construcciones como “Juan comían
salmón” ponen de relieve la insuficiencia de esta regla a la hora de
advertir la carencia de concordancia entre el núcleo del sintagma nominal y el
del sintagma verbal.
Ya que los rasgos de flexión trascienden el plano
morfológico e inciden globalmente sobre el conjunto de la oración, se ha
postulado la existencia de un tercer constituyente para O, denominado flexión
(FLEX), de manera que la regla de reescritura de O quedaría fijada así:
O=SN+FLEX+SV.
La realización material de FLEX va ligada a los morfemas
flexivos del verbo, aunque en castellano puede ocurrir que determinadas marcas
verbales se realicen por medio de piezas léxicas independientes y no a través
de la flexión: haber en las formas compuestas del verbo, ser en la pasiva…
Dentro de los rasgos propios de FLEX pueden distinguirse
dos tipos: los de carácter verbal (tiempo y aspecto) y los de naturaleza
nominal (número y persona). Los primeros se integran, para la gramática
generativa transformacional, bajo la categoría de tiempo, y los segundos bajo
concordancia. Estas dos clases de rasgos estarían estrechamente conectadas.
Esto explica que si el verbo aparece en una forma no
personal, la concordancia no pueda materializarse, por la correlación entre
formas no personales y carencia de sujeto léxico. “Los niños quieren que Pedro cantar” es inaceptable porque la
ausencia de los rasgos de número y persona del infinitivo impide la
concordancia, dado que en el dominio oracional creado por el infinitivo no
existe en posición de sujeto un sintagma nominal realizado fonéticamente, lo
que prohíbe la presencia de “Pedro” que no puede concordar con el verbo.
La importancia concedida por la gramática generativa
transformacional a FLEX, como eje cohesionador del sintagma nominal y del
sintagma verbal, lleva a considerarlo como núcleo de la oración, de manera que
la relación sintáctica entre FLEX y los otros constituyentes de la oración
sería paralela a la que media entre núcleo y complementos de cualquier
construcción endocéntrica.
FLEX es el elemento vertebrador de O, como N lo es del
sintagma nominal, V del sintagma verbal, etc., pues crea las condiciones
sintácticas necesarias para vincular los distintos elementos que integran su
dominio estructural.
CONCEPTO
DE PREDICADO
La función sintáctica de predicado la desempeña el
sintagma verbal, constituyente inmediato de la oración. La gramática de
valencias lo considera el elemento nuclear de la oración que determina el
número y rango de los sintagmas que deben acompañarlo.
La función sintáctica de núcleo del predicado sería la
función básica o central en torno a la cual se establecen todas las demás
(sujeto, complemento directo, atributo,…) y bastaría con llenar tal función
para que hubiera oración.
González Calvo
duda de que se pueda hablar de sintagma nominal sujeto+sintagma verbal
predicado, ya que el posible sintagma nominal sujeto es parte del sintagma
verbal como lo es también el sintagma nominal en función de complemento
directo, por ejemplo.
El sintagma verbal puede configurarse con la estructura
sujeto-predicado, lo que es muy frecuente en español, pero puede también no
existir sujeto. Sintagma nominal y sintagma verbal son clases de sintagmas como
nombre y verbo son clases de palabras.
Sujeto y predicado son clases de funciones sintácticas y
pertenecen a paradigmas distintos que se relacionan pero no se identifican.
Cuando un sintagma nominal o varios dependen
sintácticamente (como sujeto, complemento directo, complemento
circunstancial,…) de otro que es el central, tenemos una oración compuesta por
subordinación (“Dijo que vendría pronto”),
y el predicado oracional solo está en ese sintagma verbal central (“Dijo”), de manera que los demás (“vendría”) son solo núcleos del sintagma
verbal, no del predicado oracional.
Parece necesario distinguir entre sujeto y predicado de
un sintagma verbal, y el sujeto y el predicado de una oración, ya que pueden
coincidir o no.
Tipos de predicado
Existen en castellano dos clases de predicados:
-
Predicado
nominal: constituido por los verbos ser, estar, parecer, que reciben el nombre de “cópula”, seguido de
un nombre, adjetivo o sintagma preposicional, que recibe el nombre de
“atributo”.
-
Predicado
verbal: constituido por un verbo que funciona como núcleo,
seguido o no por sintagmas nominales o sintagmas preposicionales, que reciben
el nombre de complementos.
La diferenciación entre predicado verbal, centrado en un
verbo con sus complementos, y predicado nominal, en el que el verbo solo une un
contenido semántico del sujeto con el del predicado nominal, es una
diferenciación semántica. Desde el punto de vista sintáctico, se trata de una
función verbal en los dos casos.
Por la estructura del sintagma verbal, las oraciones
simples se pueden clasificar en:
-
Oraciones
atributivas: constan de predicado nominal
(PN)+atributo (nombre o adjetivo): “El
agua estaba tibia”.
-
Oraciones
predicativas: constan de predicado verbal+sus
complementos: “Todos quedaron en su casa”.
Los tipos de verbos que pueden aparecer como núcleo del
predicado son:
-
Copulativos:
verbos vacíos de significación. Sirven de nexo o unión entre el sujeto y el
atributo. Son el núcleo del predicado nominal (ser, estar, parecer, semejar): “Su abuelo fue artista de circo”.
-
Predicativos:
No establece conexión. Entraña un significado sobre el sujeto, y sus
complementos se relacionan con él, no con el sujeto: “La sopa humea en el plato”.
-
Semipredicativos:
verbos que por su naturaleza son predicativos, pero establecen una unión entre
el sujeto y los complementos del verbo: “Lola
se volvió orgullosa”, donde “orgullosa” funciona como atributo. Estos
verbos establecen un predicado nominal.
-
Verbos
copulativos como predicativos: Puede suceder que ser,
estar y parecer aparezcan como predicativos, constituyendo predicados verbales.
Modifican su significado: “La conferencia
será en Valladolid”.
Complementos
del verbo
Noción de complemento
De todos los constituyentes que conforman un enunciado,
hay unos que resultan indispensables para mantener la estructura básica
oracional, entendida como una articulación de sujeto y predicado, frente a
otros que solo sirven para añadir una mayor precisión semántica a los primeros.
Estos son los complementos, que
completan el contenido o significado de los otros elementos a los que se
subordinan y que son constituyentes opcionales de la oración (desde un punto de
vista sintáctico, ya que semánticamente pueden ser obligatorios).
El complemento es la proyección de un constituyente
oracional del sujeto, del predicado, de ambos a la vez o de otro complemento.
Para algunos autores, la noción de complemento se
restringe a aquellos que modifican, directa o indirectamente, al verbo; el
nombre de adyacentes y modificadores lo aplican a los elementos subordinados a
un sustantivo, adjetivo o adverbio.
Otras veces se denomina complementos solo a los que están
exigidos directamente por el verbo frente a los marginales o periféricos,
llamados adjuntos o indicaciones.
El significado que Alarcos
concede al término complemento resulta aún mucho más restrictivo, al aplicarlo
solo al conocido tradicionalmente como complemento indirecto.
Al estudiar los distintos complementos, debemos
plantearnos si hay diferentes clases o todos son el mismo, dada la anárquica
clasificación de complementos en las gramáticas tradicionales. El problema
viene dado por la tendencia de dichas gramáticas a considerar los complementos
en función de los casos latinos que se dejan traducir por determinados tipos de
complementos. Pero esto no quiere decir que el español construya los
complementos verbales igual que los complementos latinos. De todos modos, hay
una jerarquía entre los complementos en español que se puede observar desde un
punto de vista formal, basado en hechos de lengua y no por ideas tomadas del
latín.
Atributo y complemento predicativo
La función de atributo
es paralela a la de sujeto, con cuyo núcleo se vincula formalmente por una relación
de concordancia que está preferentemente presente en la oración atributiva. Por esta razón no
es riguroso considerarlo exclusivamente como un complemento verbal, al igual
que ocurre con el complemento predicativo. Suele ir desempeñado por un adjetivo
(“Juan es moreno”), un sustantivo (“Es un donjuán”), un sintagma
preposicional (“Pedro es de Toledo”),
un adverbio cualitativo (“Ella es así”),
por un verbo (“Esto es vivir”), o con
la estructura desarrollada de una subordinada sustantiva (“La razón es que nadie lo ha admitido”). Hay elementos entre
sustantivo y adjetivo, propiamente bivalentes, que también realizan la función
atributiva (viejo, joven, médico,…).
Algunos autores distinguen entre el atributo del sujeto,
unido a este por medio de un verbo copulativo, y el atributo de complemento
directo. En estas construcciones se justificaría esa función atributiva por la
presuposición de un verbo copulativo elíptico (“Me devolvió el bolígrafo que estaba roto”). No debe confundirse
esta función con la que desempeñan los adjetivos en función de adyacente del
núcleo del sintagma nominal (“Juan perdió
su reloj nuevo”). Un método para distinguirlo consistiría en observar su
diferente comportamiento ante la sustitución del complemento directo por lo.
Cuando el adjetivo funciona como atributo del complemento directo, permanece en
la oración después de llevar a cabo la sustitución (“Me lo devolvió roto”). Sin embargo, cuando es un mero adyacente,
su presencia resulta inaceptable (“Juan
lo perdió nuevo”).
El atributo puede aparecer con los verbos semicopulativos
o semipredicativos, que son verbos predicativos que han perdido parte de su
sustancia semántica (“Juan se volvió
loco”).
La función de complemento predicativo es similar a la de atributo, ya que complementa por
mediación de un verbo al sujeto, con quien mantiene relación de concordancia.
Complementa, simultáneamente, al verbo y al sujeto. La diferencia consiste en
que esta conexión con el sujeto se establece a través de un verbo predicativo,
no copulativo (“Juan regresó contento”).
Además, el complemento predicativo no puede ser sustituido por lo,
a diferencia del atributo. Ambos aportan una predicación a la oración, pero
mientras los atributos constituyen la única predicación aislable en una oración
copulativa, los complementos predicativos aportan una predicación secundaria,
de modo que los primeros, pero no los segundos, son indispensables en la
oración. En el caso de los complementos predicativos se produce, pues, una
doble predicación: la que aporta el verbo flexionado y la introducida por el
complemento predicativo.
El atributo del complemento directo, al aparecer con
verbos predicativos y no con verbos copulativos, ha sido denominado también
complemento predicativo del complemento directo.
Complemento directo
Es una función vinculada a la noción de transitividad,
propiedad semántico-sintáctica que poseen algunos verbos y que resulta difícil
de definir.
Semánticamente, la transitividad se entiende como la
propiedad por la cual un verbo expresa una acción o proceso que, partiendo de
un agente u origen, pasa o se dirige a un paciente o término (“Luis se leyó un libro”). El verbo
transitivo se caracterizaría por poner en relación a sus dos elementos. Esta
relación puede expresarse, en cuanto a
la voz, mediante dos perspectivas: exocéntrica, desde el agente (activa) y
endocéntrica, desde el paciente (pasiva). Pero los términos agente y paciente
resultan semánticamente imprecisos (en “Juan
padece una grave enfermedad” resulta difícil considerar a “Juan” como
agente).
Desde un punto de vista semántico, se ha considerado al
complemento directo como un adyacente verbal cuya misión consistiría en
concretar el significado del verbo transitivo, más abstracto que el
intransitivo. Pero esta caracterización resulta insuficiente porque los
complementos verbales vienen a desempeñar una función similar, completando o
concretando la significación del verbo. Por otro lado, no siempre un verbo
transitivo ofrece menor comprensión semántica que un verbo intransitivo. Compárese
“Frecuentan este local” con “Acuden frecuentemente a este local”. “Frecuentar”
en este caso es semánticamente más concreto que acudir.
Resulta necesario acudir a una caracterización formal,
que tendría en cuenta los siguientes rasgos:
-
La sustitución del complemento directo
por las formas átonas del pronombre lo,
la, los, las. Pero fenómenos como el leísmo, laísmo y loísmo pueden hacer
difícil su reconocimiento mediante este método.
-
La posibilidad de convertir el
complemento directo en sujeto de la pasiva, aunque no siempre es posible.
Otro rasgo formal sería la presencia de la preposición a cuando el complemento directo hace
referencia a una persona o a algo personificado, aunque se puede prescindir de
ella cuando el complemento directo de persona tiene un matiz indefinido (“Vi un hombre que era sospechoso”). Sin
embargo, esta preposición no es privativa del complemento directo.
Esta caracterización formal se complica por la ausencia
de un morfema privativo que lo distinga, lo que lo hará coincidir con otros
sintagmas circunstanciales, como por ejemplo “escribir esta carta” frente a “escribir
esta tarde”.
Atendiendo a la relación semántica entre verbo y complemento
directo, habrá que distinguir: el resultativo,
que expresa el resultado de un proceso (“Escribí
un libro”), el modificado, denotador
de una transformación o cambio (“Arreglaron
la ventana”), el estativo, que
no se ve afectado por la significación verbal (“Vive tu vida”), y el reflejo,
propio de la estructura reflexiva (“Luis
se afeita cada mañana”).
Para la gramática funcional de Alarcos, el complemento directo se llama implemento.
El implemento, como primer término adyacente del verbo,
desde el punto de vista formal, no tiene ningún rasgo que indique su función.
Suelen aparecer pospuestos al núcleo y se diferencian del sujeto de dos formas:
1.- El implemento no concuerda con el verbo, el sujeto sí
lo hace (rasgo sintagmático).
2.- Si se omite, queda un referente de su función (lo,
la, los, las). El sujeto desaparece sin dejar referente alguno. El término
adyacente deja su representante agregado al verbo; se modifica la estructura
oracional con este pronombre que recoge género y número del término omitido.
Alarcos dice que la preposición a del complemento directo o implemento no es índice de complemento,
significa que lo que sigue no es sujeto. A veces la preposición resulta
imprescindible para romper la ambigüedad. Por ejemplo, en “Persigue el perro al lobo”, la preposición introduce la
posibilidad de que uno sea considerado como sujeto y otro no.
El razonamiento de que “a+implemento” signifique
personalidad o determinación parece acertado. El complemento con preposición es
más objetivo que sin ella, y este se siente como integrado. El carácter de
personalización con a se ha
desarrollado con más fuerza en el español moderno. Antes se ponía todo nombre
propio en implementación con a, como
en la construcción “Dejé a Valencia
que aparece en el Poema de Mío Cid.
La delimitación entre complemento directo y complemento
circunstancial resulta a veces problemática, sobre todo cuando se quiere
expresar medida o cantidad. Por ejemplo, en “La
reunión duró tres horas” es posible la transformación “las duró”, por lo que algunos autores no dudan en interpretar
sintagmas como “tres horas” como complemento directo, oponiéndose a la
gramática tradicional, que se apoya en consideraciones de tipo histórico. Pero
la prueba de la pronominalización no parece definitiva, teniendo en cuenta que
este tipo de complemento admite idéntica sustitución con el verbo estar que no
posee carácter transitivo: “Estuvo tres
horas”> “Las estuvo”.
Complemento indirecto
Indica el término extrínseco al significado verbal, que
se beneficia o perjudica de él. El complemento indirecto frecuentemente aparece
en predicados que tienen ya complemento directo, que sirve de mediador entre
este y el verbo.
El sintagma en esta función lleva la preposición a, pero no todo sintagma que la lleve
es necesariamente indirecto.
Otro criterio formal es la conmutabilidad por el
pronombre átono le, les. Pero el
leísmo del complemento directo de persona masculino, aceptable gramaticalmente
(“Le vimos ayer” a Juan), junto al
loísmo y el laísmo, hacen insuficiente este sistema.
Se denomina dativo
ético o superfluo a aquel complemento representado exclusivamente por una
forma pronominal átona de dativo, cuya función puramente expresiva es la de
indicar el interés personal o afectivo en lo expresado por el sintagma verbal.
El pronombre me es el que lo
representa (“No te me ensucies”, una
recomendación más personal que la imperativa “No te ensucies”)
Dativo de opinión
es aquel complemento indirecto que expresa una estimación personal (“A mí… eso es un bulo”).
Para Porto Dapena,
esos elementos pronominales de dativo no pueden ser dativo de interés y el simpatético
o posesivo tampoco tienen relación con el complemento indirecto. El primero (“Le construí una casa”), aunque presente
la forma pronominal para la función de complemento indirecto (le, me, te)
sustituye a un complemento circunstancial de finalidad. El simpatético o
posesivo viene dado por una forma pronominal que representa al poseedor del
objeto representado por otro complemento verbal, generalmente directo, de modo que
sintácticamente podría transformarse en un posesivo o complemento preposicional
con de (“Le robaron la cartera”≈”Robaron
su cartera”). El dativo ético puede aparecer acompañado de un auténtico
complemento indirecto (“No le des tantos
caramelos al niño”).
Alarcos denomina complemento
al antiguo complemento indirecto. Este elemento adyacente tiene, sin ser
implemento, muchas propiedades en común con este, y también se caracteriza por
la presencia de a. En este caso, “a”
significa también que lo que sigue no es sujeto (“Escribo a los amigos”).
A pesar de su parecido, “a los amigos” no se trata de un
implemento porque la sustitución pronominal no es la misma que la del
implemento. Solo se puede sustituir por “le, les” y “se” variante de “le”. Si
nos encontramos con una realidad formal distinta, tiene que haber una realidad
funcional distinta detrás, ya que estos elementos pueden concurrir con los
implementos. En “escribo una carta a los
amigos”, “una carta” se puede sustituir por “la”, pero “a los amigos” es un
complemento, no un implemento. Ambos pueden concurrir con el otro y ser
sustituidos por un pronombre personal, pueden ser eludidos: Escribo una carta a los amigos>La escribo
a los amigos>Se la escribo.
Complemento
circunstancial
Es un término que afecta al significado del predicado
verbal, al valor oracional del conjunto, al que añade una circunstancia
especial. Su papel es semejante al de los adverbios. En realidad, un adverbio,
una expresión adverbial y complemento circunstancial pueden ser equivalentes en
función (“Pedro está dentro” y “Pedro está en el interior”).
Pueden llevar cualquier preposición, según las
circunstancias que expresen. Las más frecuentes son las de lugar (en, de,
desde, a, para, hasta, para, por, hacia), tiempo (en, durante, hasta), modo,
compañía, medio e instrumento (con, sin, por) de la acción verbal.
Todo esto muestra su heterogeneidad, unido a que puede
venir representado además de por un adverbio, por sintagmas nominales o
preposicionales, formas no personales del verbo y proposiciones subordinadas.
Desde el punto de vista sintáctico, algunos afectan solo al verbo o al sintagma
verbal y otros se refieren a toda la oración o proposición.
La clasificación tradicional (de lugar, tiempo, modo,
finalidad, compañía, materia, causa) es de base semántica.
Alarcos
denomina aditamentos a los
complementos circunstanciales y los define como elementos adyacentes al núcleo
verbal, no tan ligados como los dos tipos anteriores, y que tienen índices
preposicionales de subordinación diversos.
Los aditamentos en el caso de elusión, no son sustituidos
por pronombres. Se trata entonces de elementos de función distinta. Su
comportamiento lingüístico es otro.
Se caracterizan por su mayor libertad de posición y su
menor intimidad relacionada con el núcleo verbal. A diferencia del implemento,
puede haber más de uno.
Suplemento
Un fallo de la gramática tradicional es la no
consideración de una cuarta clase de complementos, los suplementos. Todo lo que no era complemento directo ni indirecto, a excepción del complemento
agente, era considerado complemento circunstancial. Pero en construcciones como
“Creo en Dios” descubrimos un
complemento con una preposición propia del complemento circunstancial, pero con
las características semánticas de un complemento directo o implemento. Se trata
de elementos con varias características:
-
No pueden ser conmutados por ningún
adverbio. Su única posibilidad de conmutación sería la de un pronombre personal
tónico precedido de la misma preposición.
-
Van precedidos de una preposición
exigida por el propio verbo.
-
Están ligados semánticamente al núcleo
verbal, y de ello se deriva su carácter obligatorio (es imposible su
eliminación), ya que vienen exigidos o regidos directamente por el verbo.
Pero ninguno de estos rasgos es totalmente fiable:
algunos complementos circunstanciales poseen también carácter obligatorio (“Residen en Madrid”), a veces el
complemento circunstancial no puede conmutarse por un adverbio (“Fui con Teresa”).
Lo que sí caracteriza verdaderamente al suplemento es:
-
A diferencia del complemento
circunstancial, es un complemento regido y argumental.
-
A diferencia del complemento directo y
del indirecto, no puede ser sustituido por un pronombre personal átono.
Complemento agente
Es un complemento argumental no obligatorio constituido
por un sintagma preposicional con por
y alguna vez, de, y aparece
opcionalmente con verbos transitivos en construcción pasiva.
Este complemento va asociado al contenido pasivo de la
forma verbal y puede aparecer tanto en la construcción pasiva con ser o estar, con el participio, siempre que tenga carácter pasivo, como
(con menor frecuencia) con la pasiva refleja.
Este complemento presenta problemas de delimitación,
sobre todo cuando el término de la preposición presenta el rasgo [+animado] (“Fueron intoxicados por una comida en mal
estado”), cuyos complementos con “por” podrían interpretarse de las dos
maneras. Esto no sucede siempre que el sustantivo es [no animado], pues
entonces se trata de verdaderos agentes (“Fue
atropellado por un coche”).
El complemento agente no se limita al carácter
[+animado], sino más bien al rasgo [+potente], capaz de desarrollar una acción.
Es el contexto significativo o referencial lo que determina en cada caso
concreto si se trata de un complemento agente o de un complemento
circunstancial (“Fueron condenados por el
juez”/”Fueron condenados por sus múltiples delitos”).
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